Texto bases convocatoria 2023
VIII CERTAMEN LITERARIO PARA LA IGUALDAD CASA DE LA DONA
1. OBJETO, CONDICIONES Y FINALIDAD DE LA CONCESIÓN
El objeto de la presente convocatoria es premiar las obras literarias presentadas, en régimen de
concurrencia competitiva, sobre la temática de Igualdad de oportunidades entre mujeres y
hombres, en las siguientes modalidades:
a) Premio de narrativa en valenciano.
b) Premio de narrativa en castellano.
Dentro de cada modalidad, se establecen tres categorías de participación, en atención a la edad
de las personas concursantes:
Infantil: Menores de 12 años.
Juvenil: De 12 a 17 años.
Adultos: A partir de 18 años
Podrán participar mujeres y hombres, independientemente de su nacionalidad y lugar de
residencia, enviando una única obra. Las personas menores de edad que deseen participar en el
concurso deberán contar con el consentimiento expreso de su madre, padre o tutor legal
mediante una autorización.
2. FORMATO
Las obras podrán estar escritas en valenciano o castellano.
La extensión máxima será de 1.000 palabras, título incluido. Serán excluidas del concurso las
obras que excedan esta extensión.
Llevarán título y pseudónimo de la persona autora.
El texto no tendrá imágenes, fotos o dibujos.
Serán obras originales e inéditas, es decir, no deberán haber sido publicadas en ningún
medio o soporte, respondiendo ante el Ayuntamiento de Elche de la autoría y originalidad
del relato, asumiendo la total responsabilidad ante terceros.
No habrán sido premiadas en ningún certamen.
3. PRESENTACIÓN DE LOS RELATOS
Las solicitudes de participación en el certamen, acompañadas del relato, se presentarán a través
de la sede electrónica municipal o por cualquiera de los medios recogidos en el artículo 16.4 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Las obras se enviarán en formato PDF, DIN A4, a doble espacio, con letra Arial de 12 puntos. No
se admitirán relatos manuscritos.
a. A través de Sede Electrónica:
Se realizará a través del trámite “Certamen literario para la Igualdad “Casa de la Dona”.
La obra se adjuntará en formato PDF, con su Título y pseudónimo.
Se adjuntará el fichero en formato PDF “Formulario identificación de la persona participante
en el VIII Certamen Literario para la Igualdad “Casa de la Dona” adjunto a estas bases u otro
fichero en idéntico formato que contenga la misma información.
El Ayuntamiento de Elche se reserva el derecho de publicar en la web municipal o en edición
impresa las obras enviadas.
Los datos de las personas participantes se incorporarán a un fichero propiedad del
Ayuntamiento de Elche.
b. A través de correo postal o presencialmente en OMAC:
El sobre incluirá en su interior:
La obra original, su título y el pseudónimo de la autora o autor, sin ningún dato identificativo
y la categoría en la que participa.
Un sobre adicional cerrado, que contendrá los datos de identificación de la autora o autor:
nombre, apellidos, dirección, teléfono, correo electrónico y copia del DNI o pasaporte.
Si la persona participante es menor de edad, se adjuntará un sobre con la autorización de
participación en el certamen de la madre, padre o tutor legal, junto a copia de DNI o
pasaporte de la persona que ejerza la representación legal.
En caso de presentación a través de correo postal, se dirigirá a la siguiente dirección:
Ayuntamiento de Elche – Casa de la Dona – Centro social Altabix-Universidad. Avda. de
Jubalcoy, 34 – 03202 Elche
Si el autor/a no es residente en España y realiza la presentación del relato mediante correo
postal, deberá enviar un correo de aviso a la dirección cliterarioigualdad@elche.es, indicando la
fecha de envío mediante correo postal. En el asunto del correo se hará constar: VIII CERTAMEN
LITERIARIO PARA LA IGUALDAD “CASA DE LA DONA” y podrá adjuntar la obra, en formato PDF,
con su título y pseudónimo.
4. PLAZO
El plazo de presentación de los relatos se abrirá al día siguiente de la publicación del extracto de
la convocatoria del certamen en el BOP de Alicante y se cerrará el día 19 de noviembre de 2023.
A efectos del cómputo de los plazos, se considerará como fecha de envío: la fecha del matasellos
en el envío que se ha realizado mediante correo postal y la fecha de registro de entrada si se ha
entregado en cualquier OMAC del Ayuntamiento de Elche.
Los originales remitidos para tomar parte en este certamen no serán devueltos.
5. PREMIOS
El mejor relato de cada una de las categorías en cada modalidad en castellano y valenciano,
recibirá como premio 1 libro electrónico, 1 funda para libro electrónico, 1 memoria USB y un
lote de libros con temática de igualdad entre mujeres y hombres, por un valor de 300 euros.
6. JURADO
El jurado, compuesto por 3 Técnicas/os de la Concejalía de Mujer, en la modalidad de castellano,
y 2Técnicas/os de la Concejalía de Mujer, junto con 1 Técnica/o de Aviva Elx en la modalidad de
valenciano, podrá declarar desierto el premio del certamen en cualquiera de las categorías.
El órgano competente para la aprobación de la presente Convocatoria y para la concesión de los
premios es la Junta de Gobierno Local, al amparo de lo regulado en el artículo 127.1.g) de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y la Base 28ª de Ejecución del
Presupuesto vigente. No obstante, al ser una competencia delegable, según lo regulado en el
artículo 127.2 del precitado texto legal, la concesión de los premios se delega en el Tte. Alcalde
de Mujer, a propuesta del Jurado. La resolución se notificará a las personas premiadas y se hará
pública.
El Ayuntamiento de Elche se reserva el derecho de publicar en la web municipal o en edición
impresa los relatos premiados.
Los datos de las personas participantes se incorporarán a un fichero propiedad del
Ayuntamiento de Elche.
La participación en este certamen implica la aceptación de las bases de la convocatoria.
7. PUBLICIDAD DE LA CONVOCATORIA
La presente Convocatoria se publicará en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones, en
la página web municipal y en las redes sociales del Ayuntamiento de Elche. Se publicará un
extracto de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante.
8. PROTECCIÓN DE DATOS
En base a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y
garantía de los derechos digitales (LOPDGDD), le/s informamos que el responsable del
tratamiento de sus datos personales es el Ayuntamiento de Elche, con domicilio en Plaça de Baix
nº 1, 03202 Elche.
Usted puede contactar con el Delegado de Protección de Datos (DPD) mediante carta dirigida al
domicilio del Responsable, indicando “Delegado de Protección de Datos”, así como mediante
correo electrónico dirigido a dpd@ayto-elche.es.
La finalidad por la que sus datos van a ser tratados es la gestión del VIII Certamen literario para
la Igualdad “Casa de la Dona”. Este tratamiento no elabora perfiles de personas físicas.
Sus datos personales podrán ser publicados por el Ayuntamiento de Elche en base a los
principios de transparencia que rigen estos procesos. Asimismo, dichos datos pueden ser
cedidos y/o comunicados a las Administraciones Públicas cuya intervención pudiera ser
necesaria para la tramitación y/o control de estos asuntos, a las entidades cuyo concurso sea
necesario en la tramitación de los mismos y en el resto de supuestos previstos por la Ley.
La legitimación para realizar dicho tratamiento está basada en el ejercicio de poderes públicos
conferidos al responsable del tratamiento y/o cumplimiento de una obligación legal aplicable al
responsable del tratamiento. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; Ley
2/2015, de 2 de abril, de Transparencia, Buen Gobierno y Participación Ciudadana de la
Comunitat Valenciana.
Sus datos serán conservados durante el periodo establecido por el tratamiento, la legislación
aplicable y los requerimientos aplicables a la conservación de información por parte de la
Administración Pública.
El Ayuntamiento de Elche podrá verificar telemáticamente, en base a su potestad de verificación
recogida en la disposición adicional octava de la LOPDGDD, los datos necesarios para acreditar
su identidad y/o el cumplimiento de otros requerimientos, requisitos o condiciones de esta
convocatoria, y sin perjuicio de la solicitud de aportación de documentos que el Ayuntamiento
pueda dirigirle a Vd.
No se realizan transferencias internacionales de datos.
Derechos: Usted puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición,
limitación del tratamiento, portabilidad y (en su caso) retirada del consentimiento prestado.
Asimismo, Vd. puede dirigirse a la Autoridad de Control para reclamar sus derechos. Para su
ejercicio, debe dirigir una solicitud, presentada presencialmente o remitida por correo ordinario,
al Ayuntamiento de Elche, Registro de Entrada, Plaça de Baix nº 1, 03202 Elche, indicando
“Delegado de Protección de Datos”. La solicitud también puede ser remitida mediante instancia
en Sede Electrónica. En todos los casos, el Ayuntamiento debe verificar su identidad como titular
de los datos, por lo que Vd. Debe incluir copia o referencia de un documento vigente acreditativo
de su identidad (DNI, NIE, Pasaporte). Para esta verificación, el Ayuntamiento ejercerá su
potestad de verificación recogida en la disposición adicional octava de la LOPDGDD. En caso de
actuar como representante de la persona interesada, debe acreditarse fehacientemente el
poder de representación otorgado por ésta.
9.RECURSOS
Contra el acuerdo de concesión o de denegación del premio cabe interponer recurso potestativo
de reposición en el plazo de un mes ante la Junta de Gobierno Local, o ser impugnado
directamente ante el órgano jurisdiccional contencioso administrativo, en el plazo de 2 meses a
contar desde el día siguiente a la recepción de la notificación.
9. NATURALEZA JURÍDICA Y RÉGIMEN APLICABLE
Los premios que se concedan se regirán, en aquello no dispuesto en la presente Convocatoria,
por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su normativa de desarrollo,
así como por la base 28ª de Ejecución del Presupuesto Vigente.
La Junta de Gobierno Local acuerda aprobar la presente propuesta, con el voto en contra de los
Concejales del Grupo Municipal VOX, Sra. Rodil Martínez y Sr. Ruiz Tena.
Y para que conste, extiendo la presente a resultas de la aprobación del acta correspondiente, de
conformidad con lo establecido en el art. 206 del ROFRJ de las Entidades Locales, aprobado
por RD 2568/1986, con el visto bueno del Sr. Alcalde-Presidente.